24 de noviembre de 2014

De educación de mercado a derecho social.

En Chile la educación es entendida como un bien de consumo. El paquete de políticas neoliberales implementadas durante los últimos cuarenta años se ha esmerado en acomodar al mercado como aquel mecanismo que define prácticamente todas las dimensiones de nuestras vidas. Ésta concepción se introdujo a tal profundidad en nuestra cultura que no nos cuestionamos siquiera si es correcto que sean las fuerzas de la oferta y la demanda las que determinan cuánta educación se proveerá y quién la recibirá. Resulta lógico que hasta hoy se haya mantenido el statu quo, pues a quienes toman las decisiones, que resultan ser nuestra élite, les acomoda este sistema, a pesar de que no beneficie a gran parte de la población.
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Les acomoda por el simple hecho de que pueden comprar sin problemas la mejor educación, mientras que el resto obtiene una educación de dudosa calidad: la que alcance a pagar con sus pocos ingresos. En la presente columna profundizaré sobre esta idea, apelando brevemente a aspectos teóricos, empíricos y morales, para señalar lo negativo de concebir la educación como un bien de consumo. Así mismo, se plantean los principales argumentos a favor de entender la educación como derecho social.
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En primer lugar, dejar la educación en manos del mercado significa que su asignación es un problema privado. Esto significa que depende de la capacidad de pago de cada uno qué tipo de educación se recibe Por lo tanto es natural que algunos puedan adquirir una educación de buena calidad y otros solo una de mala calidad. Más aún, no sería un problema público si algunos reciben un tipo de educación u otro, puesto que esto es una decisión privada que protege el Estado.
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Técnicamente, el mercado se caracteriza por tener agentes que actúan motivados por sus propios intereses. Bajo este esquema, no existe algún deber de proveer educación o algún derecho de recibir educación antes de llegar a un acuerdo entre las partes. Cada uno es “libre” de contratar educación a las condiciones que desee (Atria, 2014). Por lo tanto, resulta natural que se genere segregación escolar, pues sólo quienes poseen alto poder adquisitivo podrán pagar el precio que el sostenedor de una escuela fijó por proveer buena educación. Quienes no puedan pagar ese precio, podrán adquirir alguna otra educación de peor calidad, pero que esté al alcance de su capacidad de pago.
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Esto implica que quienes proceden de situaciones socioeconómicas vulnerables no pueden, por definición, acceder a educación de calidad. Si el sujeto no puede cumplir con los requisitos que fija el proveedor, entonces no puede acceder a educación. Para aquellos casos, el Estado les provee educación pública de manera gratuita. La educación que entrega el Estado resulta ser de dudosa calidad –como comprueba la evidencia-, y podría ser consecuencia de las mismas políticas neoliberales, pues relegaron al Estado a tener sólo un carácter subsidiario y no productor.
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Sin embargo, no es sólo la teoría la que señala que la educación de mercado genera efectos no deseados en la sociedad, sino que también lo hace la evidencia empírica. Se ha verificado que, en promedio, los colegios particulares pagados son quienes obtienen mejores resultados académicos, mientras los municipales son quienes obtienen peores resultados y que estudiantes de baja situación socioeconómica poseen una gran persistencia en obtener bajos rendimientos en pruebas estandarizadas, mientras que aquellos de buena situación poseen una importante persistencia en obtener buenas calificaciones (Valenzuela, Allende y Bellei, 2013). A su vez, existe una mayor asociación entre factores socioeconómicos y resultados en pruebas estandarizadas en escuelas privadas que en escuelas públicas, verificando la segregación en los resultados de aprendizaje (Mizala y Torche, 2012). Esta diferencia repercute luego en el mercado laboral, donde quienes provienen de colegios privados obtienen mayores retornos laborales que quienes provienen de escuelas municipales (Contreras, Rodríguez y Urzúa, 2012).
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Se evidencia entonces que la asignación que hace el mercado en la educación segrega a los estudiantes de acuerdo a su capacidad de pago, repercutiendo en el aprendizaje de ellos y luego en los retornos que obtengan al momento de trabajar. Esto permite obtener 2 claras conclusiones: (1) nuestro sistema educacional no solo reproduce, sino que genera desigualdad; y (2) la promesa de que la competencia sería el mecanismo que permitiría mejorar la calidad en la educación simplemente no se cumple.
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Además de las características institucionales del mercado en la educación que perjudican a la sociedad desde una aproximación cuantitativa, también es relevante plantear lo nocivo que resulta definir la educación como mercancía desde una perspectiva moral. Esto pues la educación entrega a cada uno las herramientas necesarias para que podamos desarrollar plenamente nuestras capacidades. Por tanto, es moralmente deseable que todos reciban por igual educación de calidad. Sin embargo, lo anterior es por definición imposible en un mundo donde se concibe la educación como un bien de consumo.
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Una alternativa opuesta a la anterior es la de concebir a la educación como un derecho social. Esta busca asegurar que la provisión sea recibida por todos. En efecto, su provisión es responsabilidad de todos, cumpliéndose que: primero, el proveedor entregue educación por el interés ciudadano, no bajo la idea de servir su propio interés; segundo, las personas tienen derecho a su provisión y el proveedor el deber de proveer; y tercero, el acceso a la educación ha de estar establecida en un protocolo público aplicable a todos por igual (Atria, 2014). De este modo la educación, la cual es una dimensión del bienestar de cada persona, pasa a ser responsabilidad de todos.
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Con esta concepción no habría cabida para la segregación, pues, como es de interés ciudadano, todo niño proveniente de una situación socioeconómica vulnerable tendrá el mismo derecho que uno de situación privilegiada de recibir la misma educación. Por esta misma razón tampoco habría cabida a una educación de dudosa calidad, puesto que la provisión de educación de distintas calidades ahora si sería un problema público, por lo que el Estado debiese garantizar la minimización de esta brecha, garantizando una educación de calidad para todos.
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El gobierno actualmente manifiesta que con sus políticas de fin a la selección, al lucro y al copago avanzará en esta transición. Sin embargo sus propuestas distan de materializar el cambio de enfoque pues sólo apuntan a la educación que involucra financiamiento público.  En efecto, se deja de lado a la educación provista por el sector particular privado, permitiendo así que subsista la lógica mercantil en la educación, y por tanto también la segregación. 
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El mercado no permite que todos recibamos una educación de calidad, sino que segrega y sentencia a que la mayor parte de nuestra sociedad reciba educación de dudosa y mala calidad. Lo anterior es razón suficiente para dejar a un lado la concepción de educación como bien de consumo, y comenzar a concebirla como un derecho social. 


Felipe Gajardo. 
Miembro de ENE.

Referencias:
Atria (2014). “Sobre la Reforma Educacional en Actual Discusión”.
Contreras, Rodríguez y Urzúa (2012). “The origins of inequality in Chile”.
Mizala y Torche (2010). “Bringing the schools back in: the stratification of educational achievement in the Chilean voucher system”.
Valenzuela, Allende y Bellei (2013). The (ina)mobility of educational performance among Chilean students. CIAE.

20 de noviembre de 2014

17 de noviembre de 2014

1 de noviembre de 2014

A propósito de la marcha de la CONFEPA: ¡No es lo mismo el lucro que un sueldo!

“Si el lucro es el sueldo de una persona, entonces de acuerdo con el lucro. Yo soy profesora y me pagan y si eso es lucrar, es mi sueldo. Pero si el lucro es aprovecharse, no estoy de acuerdo.”

“El lucro es obtener beneficio económico a cambio de una acción. Eso es lucro. Cuando un profesor hace clases, lucra por ello. Cuando yo vendo pan, y obtengo algo por ello, eso es lucro. Es lo mismo que un sueldo, es exactamente lo mismo.”

“-¿Usted cree que la educación pueda ser un  negocio? –No es un negocio, pero quiero que los niños puedan elegir donde estudiar. -¿Y eso depende con que haya lucro? –A veces no es lucro, es solamente la retribución al trabajo. –¿O sea un sueldo? – Claro.”

Manifestantes asistentes a marcha contra la reforma educacional, Santiago de Chile, 25 de octubre de 2014.



Comúnmente se entiende el lucro en la educación como la retribución o ganancia que tiene el dueño de una institución. Esto se justifica normalmente en la compensación que se le debe hacer a un inversionista por el riesgo en que debe incurrir al depositar su capital en una empresa, además de la postergación de la utilidad que le produciría consumir ese mismo dinero en el instante.

Dentro de la teoría económica vulgar, el lucro también podría estar asociado a la retribución que debe recibir el proveer de capacidad de organización a una empresa. Sin embargo, estas visiones son equivocadas. El riesgo y la abstinencia del consumo, en el mejor de los casos pueden ser motivo de compensación, pero en ningún caso crean valor. En el caso de la capacidad de administración, los dueños ya no son necesariamente los que gestionan los negocios, como sí lo era hace muchas décadas atrás. La separación entre la propiedad y la administración de las empresas es una particularidad de la economía capitalista moderna.

Lo cierto es que el lucro en sí es la retribución del “factor capital”, lo que debe recibir el capitalista por depositar sus recursos supuestamente escasos (por lo menos en un país no desarrollado) en una empresa, como podría ser un colegio o una universidad hoy en día.

Pero, ¿Qué significa realmente una retribución al capital?

El lucro en la economía política

Para entender de forma correcta y sintética el concepto del lucro, es bueno remitirse a lo que Karl Marx denomina los procesos de intercambio M-D-M’ y D-M-D’. Previo al capitalismo, las personas intercambiaban mercancías (M) entre ellas, siendo el dinero (D) el instrumento utilizado para comparar el valor de la mercancía que entregaban, con la de la mercancía que recibían en el intercambio. Es por esto que se denomina M-D-M’ al proceso en que una persona entrega una mercancía M, recibiendo como contraparte un dinero D, para con este dinero comprar una mercancía M’, cualitativamente distinta a la mercancía inicial M, pero cuantitativamente equivalente (por tener el mismo valor). La intencionalidad en este tipo de intercambio es la satisfacción de las necesidades propias. Yo tengo un traje de vestir, pero quiero comida. Ambos tienen el mismo valor (iguales cuantitativamente), pero la ropa y la comida tienen características distintas (diferentes cualitativamente).

El intercambio D-M-D’ es diametralmente opuesto al intercambio M-D-M’ antes visto. Acá existe un dinero primario D, el cual se entrega para obtener una mercancía concreta M. A continuación, esta mercancía M se vende para obtener un dinero D’. A diferencia del intercambio M-D-M’, esta vez el inicio y el final del intercambio (D y D’ respectivamente) son cualitativamente iguales ya que el dinero como expresión de valor posee las mismas propiedades en ambos casos, pero son cuantitativamente distintas. La lógica de este intercambio es comprar mercancías para obtener un valor extra, un plusvalor, por esto es que podemos definir a D’ como mayor a D. Acá la intencionalidad del intercambio no es satisfacer las necesidades propias, como lo era en un primer momento, sino obtener una ganancia. Es decir, la intencionalidad de este tipo de intercambio es la acumulación.

Este tipo de intercambio es característico del capitalismo, y no se encuentra presente en formas históricas previas. La diferencia entonces entre D’ y D se denomina lucro, y su origen se encuentra en la explotación capitalista: el trabajador recibe un salario igual al valor de su fuerza de trabajo que vale menos que el valor real de su trabajo. Para simplificar, si suponemos que la única mercancía es la fuerza de trabajo, el capitalista puede contratar mano de obra (mercancía M) a un precio D (salario), y venderlo a un valor D+P (valor nuevo agregado por el trabajo), que es mayor a lo pagado por la fuerza de trabajo (V). El diferencial entre el valor de la fuerza de trabajo (V) y el valor del trabajo (V+P) es lo que Marx denomina plusvalía (P), base de la ganancia capitalista, es decir, la “retribución al capital”, o lucro.

El lucro en la educación

El lucro es parte medular del sistema educacional chileno, a varios niveles y en diferentes formas.

Se encuentra en la educación superior, aunque la actual ley no permita el lucro en las universidades. Las ganancias o retribuciones al capital son obtenidas por los propietarios mediante triangulaciones con empresas inmobiliarias de su misma propiedad (por ejemplo, una universidad arrienda o compra a una inmobiliaria las instalaciones e infraestructura por un precio evidentemente superior al de mercado, así los dueños obtienen las ganancias por una vía alternativa o a través de una tercera institución, en este caso inmobiliaria). La eventual Superintendencia de Educación debiera preocuparse de que esto no ocurra, aunque mientras existan universidades-empresa que se transen por millones de pesos en la bolsa de valores, persistirá la duda de la motivación detrás de estas transacciones, adquisiciones y permanencias. Por otro lado, los institutos profesionales y centros de formación técnica no están sujetos a este dictamen de prohibición del lucro, por lo que no necesitan ocultar ganancias como gastos, como sí lo hacen las universidades que lucran.

En el caso de la educación superior una forma de lucro poco mencionada, pero no menos importante y mucho más caudalosa (y escandalosa), es el financiamiento estudiantil. Se puede mencionar el Crédito con Aval del Estado (CAE) manejado por los bancos, y que se mantiene con una cuantiosa partida en el Presupuesto Fiscal del año 2015. En esta forma, son los dueños de los bancos los mayores beneficiados de los recursos provenientes del Estado y de las familias. En este caso, el lucro viene dado por la renta obtenida de la propiedad de un patrimonio dinerario; la ganancia derivada del cobro de la tasa de interés.

Un último pero más complejo ámbito a analizar, es la función o fin de la universidad, y los métodos de financiamiento de esta. Una universidad orientada hacia las grandes empresas origina un conocimiento de apropiación privada  y no social, que es útil solamente para ciertas empresas (patentes, marketing, estudios de mercado, etc.). Al contrario, una investigación financiada y a cargo del Estado no está sujeta a las lógicas mercantiles de apropiación privada y acumulación (claro, un Estado que se proponga la creación y difusión del conocimiento entendido como bien público), produciendo también un bien para toda la sociedad en forma de conocimiento.

En el sistema escolar, los establecimientos se dividen en municipales, particulares subvencionado y particulares pagados. Los establecimientos municipales no pueden lucrar directamente, aunque es sabido que de todas formas existen contratos ente los sostenedores municipales y las famosas Agencias de Asistencia Técnica Educativa (ATE), produciéndose muchas veces conflictos de interés y negocios irregulares. Si esta forma de lucro se termina o no, dependerá de lo que salga del proyecto de ley que actualmente se tramita en el Senado.

Por su parte, los establecimientos particulares pagados pueden lucrar libremente, sin barreras y quedando este tipo de establecimientos fuera de los proyectos de ley que impulsa el gobierno en materia educativa.

Finalmente, los colegios particulares subvencionados –foco principal de la marcha convocada el 25 de octubre contra la reforma educacional- pueden funcionar con fines de lucro, o sin fines de lucro. La mayoría de los colegios sin fines de lucro pertenecen a congregaciones religiosas, y permanecen en el sistema educacional por “vocación”. Por otro lado, los colegios particulares subvencionados con fines de lucro sí pueden retirar utilidades. En este caso existen dos formas en que el sostenedor de un colegio particular subvencionado obtiene beneficios. El primero es la “retribución al trabajo”, legalmente permitida aun en los colegios sin fines de lucro, y que corresponde al sueldo o remuneración del sostenedor por su trabajo de gestión en el sistema educacional. El segundo es la “retribución al capital”, el cual se busca prohibir con el proyecto de ley que actualmente se tramita en el Senado.

De esta forma y desde la economía política marxiana, la “retribución al trabajo” que recibe el sostenedor y que continúa siendo legal, obedece a un proceso M-D-M’, donde el sostenedor entrega su trabajo de gestión educacional, recibe un pago correspondiente a su trabajo (que puede ser de 2 o 3 millones de pesos), y con ese dinero concurre al mercado para satisfacer sus necesidades de vida.

Distinta es la “retribución al capital”, comúnmente llamado lucro o ganancia y que busca ser erradicado en los colegios particulares subvencionados, el cual responde a un proceso D-M-D’. En este caso, el sostenedor invierte cierto capital en el negocio educacional (D) para contratar profesores, infraestructura y su misma gestión como sostenedor (M) y recibe por estos servicios una subvención del Estado y en muchas ocasiones un copago de las familias (D´). Una vez pagadas las remuneraciones de los profesores, el alquiler del inmueble donde funciona el colegio, su gestión como sostenedor, y todos los otros gastos de funcionamiento del colegio (D), el sostenedor queda con un excedente, ganancia, o lucro (D’-D=Lucro). Esto es lo que se busca prohibir, no la retribución al trabajo del sostenedor o de cualquier persona.

Los capitalistas del mercado de la educación, los dueños de los colegios que lucran con la educación, han llevado adelante una no despreciable campaña de confusión en los apoderados y profesores de esos colegios. Se les ha dicho que la retribución al trabajo es lo mismo que la retribución al capital, tratando de equiparar así dos clases sociales distintas, que descansas en dos formas de propiedad distintas: los que son propietarios de su propia fuerza de trabajo, y los que son propietarios de la fuerza de trabajo de los demás (capital); y en dos tipos de motivación distintas: la satisfacción de necesidades de vida (objetivo de los que trabajan) y la acumulación (objetivos de los que lucran).

Todos los esfuerzos para rectificar estos conceptos son válidos, y ninguno es en vano. Ninguna charla a un grupo de estudiantes es en vano, ninguna investigación económica que indague en los efectos del lucro sobre el bienestar social es despreciable.

La importancia de estas reformas que ponen trabas al lucro en distintos sectores como la educación, la salud, las pensiones o la minería, no tienen tanto su mérito en impedir que el capital se siga reproduciendo. Pues, si el capital ve coartada su “libertad” en la educación, buscará otros negocios que le sigan reportando ganancias, dentro o fuera de Chile. Sin embargo, lo trascendental de este tipo de reformas es el cambio de mentalidad que produce en las personas adscritas a un sistema educacional sin lucro, y que no funciona como un mercado cualquiera, de calidad y dirigido hacia el desarrollo de los niños y jóvenes.

Con personas que creen que el lucro, la competencia y el individualismo son los motores del desarrollo, no se puede construir una sociedad distinta, solidaria y de pleno desarrollo del potencial humano. Apoderados que no tienen a sus hijos en colegios que lucran, no tienen la necesidad de defender el lucro en la educación. Y la falsa consciencia sobre el lucro se va evaporando, dando paso a la consciencia de la nueva sociedad, sobre el trabajo propio y colectivo, y no ajeno. El trabajo para satisfacer necesidades personales y sociales (proceso M-D-M’) y no para acumular más y más a costa de los demás (proceso D-M-D´).

Felipe Correa
Miembro de ENE